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¿QUIÉNES PUEDEN APLCIAR A LEY DEL RETORNO?
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¿QUIÉNES PUEDEN APLCIAR A LEY DEL RETORNO?
Respuesta
Para acogerse a la Ley de Retorno, deberá completar el Formulario N° R1 que figura en el enlace
http://apps.rree.gob.pe/portal/leyderetorno/leyderet.nsf
Una vez que lo haya completado, sírvase solicitar una cita a cinsulado, otorgando el número de código que le aparecerá cuando complete el Formular
io
R1.
consulperu-londres@rree.gob.pe
,
otorgando el número de código que le aparecerá cuando complete el Formulario R1.
El trámite es gratuito, pero requiere de:
Declaración Jurada conforme a modelo:
http://leydelretorno.rree.gob.pe/images/docus/DeclaJurLeydelRetorno_09062014.doc
Asimismo
, deberá presentar la Solicitud de Acogimiento conforme al modelo:
http://leydelretorno.rree.gob.pe/images/docus/documentos/Solicitud_de_Acogimiento_II.doc
El día de la cita deberá traer la Declaración Jurada y la Solicitud de Acogimiento SIN FIRMAR, para firmar frente a un funcionario consular.
El día de la cita también deberá traer 1 fotografía tamaño pasaporte, con fondo blanco
Datos adjuntos
Tipo de contenido:
Elemento
Creado el 03/08/2018 05:24 a.m. por Patricia Díaz Cano Bellido
Última modificación realizada el 21/04/2022 06:00 a.m. por Dáel Carlos Dávila Elguera
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